Convenio de comisión por referidos
Entre usted USUARIO, en adelante el “REFERENTE”, quien se identificara a continuación en el formulario adjunto, y ECUAINVERSIONES representado por un agente inmobiliario asociado, en adelante el “AGENTE ASOCIADO”, se celebra el presente contrato de comisión por referidos en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA. Objeto
El presente contrato tiene por objeto establecer las condiciones y términos bajo los cuales el REFERENTE realizará la promoción de los productos y servicios inmobiliarios ofrecidos por el AGENTE ASOCIADO, a través de la identificación y referido de potenciales clientes interesados en la adquisición o arrendamiento de bienes inmuebles.
SEGUNDA. Requisitos
Para que el proceso de comisión por referidos tenga éxito, el REFERENTE y el REFERIDO deben cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser personas mayores de 18 años de edad.
b) Asegurarse de que el referido tenga un sincero interés, recursos y/o acceso a crédito para comprar y/o rentar y se encuentre en búsqueda de una propiedad, ya sea terreno, vivienda u otros.
c) Que el REFERIDO sea alguien con quien el REFERENTE tenga afinidad familiar, de trabajo o amistad, porque al contactar a su REFERIDO es necesario que se mencione que el REFERENTE lo recomienda.
d) Proporcionar los datos correctos de contacto del REFERIDO por medio del formulario adjunto.
e) Leer y aceptar las condiciones del presente CONTRATO DE COMISIÓN POR REFERIDOS.
TERCERA. Proceso
El AGENTE ASOCIADO se compromete a realizar las siguientes acciones:
a) Verificar que el REFERENTE cumpla con los requisitos establecidos en la cláusula segunda del presente contrato.
b) Verificar los datos proporcionados tanto del REFERENTE como del REFERIDO.
c) Contactar al REFERIDO y presentarle las ofertas inmobiliarias disponibles.
d) Verificar la documentación legal y el buró de crédito del REFERIDO.
e) En caso de que el REFERIDO adquiera o arriende cualquier bien inmueble que forme parte de la cartera de propiedades del AGENTE ASOCIADO, éste se encargará de asesorar en los trámites correspondientes hasta el final del proceso que consiste en la firma de escrituras y/o entrega de llaves.
f) Confirmar el desembolso de los valores correspondientes a la compra o renta.
g) Pagar la comisión al REFERENTE.
CUARTA. Comisión
El valor a pagar al REFERENTE será el 0,50% del valor pactado de la venta final del bien inmueble adquirido, o 5% si es arrendado por el REFERIDO. Dicha comisión será cancelada por el AGENTE ASOCIADO al REFERENTE, una vez que se haya efectuado el pago total por parte del REFERIDO.
QUINTA. Obligaciones
- El REFERENTE se compromete a entregar información real y verificada sobre su REFERIDO habiendo obtenido su completo consentimiento ya sea de manera verbal o escrita.
- El AGENTE ASOCIADO se reserva el derecho de revelar información de carácter personal o financiera del REFERIDO al REFERENTE que no este vinculada con el objeto de este convenio.
- El REFERENTE esta en la obligación de mantenerse informado del proceso de compra o renta manteniendo comunicación con su REFERIDO.
- En caso de que el referido compre o arriende cualquier propiedad que forme parte de la cartera de propiedades del AGENTE ASOCIADO, se encargará de asesorar al referido en los trámites correspondientes hasta la firma de escrituras y/o entrega de llaves.
- El AGENTE ASOCIADO confirmará el desembolso de los valores correspondientes a la compra o renta y pagará la comisión al REFERENTE de acuerdo con lo establecido en el punto 4.
- En el caso de que el REFERIDO concrete la compra o arriendo de otra propiedad que NO sea parte de la cartera de propiedades del AGENTE ASOCIADO, automáticamente se da por anulado el proceso de comisión por referido.
- En el caso de que el referido concrete la compra o arriendo de otra propiedad que sea parte de la cartera de propiedades de un agente NO asociado a ECUAINVERSIONES, la comisión será del 0,50% del valor pactado de la venta final para el REFERENTE, pero del 50% del total que se dividirá entre el AGENTE ASOCIADO y el agente externo.
- Este convenio de comisión por referidos será válido hasta la finalización de la transacción entre el REFERIDO y AGENTE ASOCIADO.
- Cualquier controversia o disputa que surja entre las partes en relación con este convenio de comisión por referidos será resuelta mediante el arbitraje de acuerdo con las leyes y normas aplicables en la República del Ecuador.
- Este convenio de comisión por referidos no puede ser modificado ni enmendado excepto mediante un acuerdo escrito entre las partes.
- Este convenio de comisión por referidos será vinculante y en beneficio de las partes y sus respectivos sucesores y cesionarios.
- Este convenio de comisión por referidos se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de la República del Ecuador.
- Las partes acuerdan que cualquier notificación o comunicación relacionada con este convenio de comisión por referidos se realizará por escrito y se enviará por correo certificado o por correo electrónico (legal@ecuainversiones.com) a las direcciones proporcionadas por cada parte.
En prueba de su acuerdo con los términos y condiciones de este convenio de comisión por referidos, El REFERENTE marcara la casilla de verificación del formulario adjunto y enviara los datos del REFERIDO.